El Tribunal de Instancia de Fraga rectifica una decisión previa y exige transparencia total en un proceso de ejecución, obligando a aportar una escritura notarial que hasta ahora estaba incompleta
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Fraga ha dictado un decreto que supone un avance significativo en la protección de los ciudadanos frente a la opacidad de las entidades financieras. La resolución, fechada el 8 de febrero de 2026, estima el recurso de reposición interpuesto por el despacho oscense Heras-Sasot Abogados contra una decisión judicial anterior que limitaba el acceso a información clave para el caso.
El DECRETO está publicado en el portal web de Heras-Sasot y puede consultarse AQUÍ.
El derecho a conocer el contrato íntegro
El proceso judicial, que se tramita como una ejecución de títulos judiciales, se encontraba bloqueado tras una decisión dictada el 30 de diciembre de 2025. La defensa del afectado consideró que esa resolución le dejaba en una situación de desventaja al no contar con la documentación completa del préstamo que se le reclama.
El Letrado de la Administración de Justicia, ha dado la razón a los argumentos del recurso presentado por el abogado Guillermo Sasot. En consecuencia, el juzgado ha acordado remitir un oficio oficial al Notario de Madrid para que aporte la escritura de fecha 15 de diciembre de 2021 (con número de protocolo 3.565) de forma íntegra. Este documento es esencial para entender la relación contractual entre la entidad Ferratum Bank PLC y la mercantil Adana Albatros S.L..
Transparencia frente a la opacidad bancaria
Este tipo de decisiones son fundamentales para que los ciudadanos no se encuentren desprotegidos frente a las entidades financieras. A menudo, en las reclamaciones de deudas, solo se presentan fragmentos de los contratos o documentos parciales, lo que impide al afectado verificar si las condiciones son legales o si existen cláusulas injustas.
Con este nuevo decreto, el juzgado de Fraga garantiza que:
- Se incorpore al procedimiento la escritura completa para que el afectado pueda conocer todos sus términos y defenderse adecuadamente.
- Se transparente la relación contractual original que dio lugar a la deuda reclamada.
- Se obtenga una prueba documental fundamental que inicialmente no se había exigido a la entidad financiera.
Próximos pasos
La resolución ya ha sido notificada a las partes personadas. Aunque legalmente cabe interponer un recurso de revisión en el plazo de cinco días contados desde la notificación, el requerimiento de la documentación completa marca un hito para asegurar que los procesos judiciales en Fraga se desarrollen con todas las garantías de información para el vecino.
Se puede consultar el DECRETO publicado en el portal web de Heras-Sasot Abogados AQUÍ.







