El juzgado de Fraga condena a Ibercaja por una cláusula abusiva de una hipoteca

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patrocinado por Heras-Sasot

La sentencia considera abusivo el reparto de los gastos de notaría incluido en un contrato hipotecario de 2018 y obliga al banco a devolver al cliente las cantidades cobradas indebidamente, más los intereses y las costas del procedimiento.

La Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Fraga (Plaza Nº 1) ha dictado una sentencia que da la razón íntegramente a un cliente representado por Heras-Sasot Abogados frente a Ibercaja Banco SA en relación con los gastos asociados a su hipoteca, según recoge el despacho legal en su portal corporativo.

La resolución, fechada el 13 de marzo de 2026, declara abusiva y, por tanto, nula una parte de la cláusula incluida en un contrato hipotecario firmado en 2018. En concreto, se refiere al reparto de los gastos de notaría derivados de la escritura.

El banco tendrá que devolver parte de los gastos

El conflicto se centraba en quién debía asumir los gastos notariales. Durante el procedimiento, Ibercaja defendió que el reparto establecido en el contrato era correcto y recordó que ya había devuelto anteriormente otras cantidades reclamadas por el cliente, entre ellas determinados gastos de gestoría.

El juzgado, sin embargo, considera que la cláusula no fue negociada individualmente y que generaba un desequilibrio en perjuicio del consumidor.

Aplicando la jurisprudencia del Tribunal Supremo, la magistrada determina que los aranceles notariales correspondientes al otorgamiento de la escritura deben repartirse al 50% entre el banco y el cliente.

En consecuencia, Ibercaja deberá devolver al cliente las cantidades que este abonó por encima de la parte que legalmente le correspondía asumir.

También deberá pagar intereses y las costas

La sentencia no se limita a ordenar la devolución de esas cantidades. Ibercaja también tendrá que abonar los intereses legales generados desde el momento en que el cliente pagó la factura de la notaría.

Además, el juzgado impone a la entidad bancaria el pago íntegro de las costas procesales, es decir, los gastos derivados del procedimiento judicial que correspondan conforme a derecho.

La resolución supone así un nuevo pronunciamiento favorable a un consumidor en materia de gastos hipotecarios y pone el foco en la importancia de revisar las cláusulas de los contratos de hipoteca, especialmente cuando establecen cómo deben repartirse los gastos asociados a su formalización.

El procedimiento ha sido tramitado con la representación de Heras-Sasot Abogados, despacho que ha compartido la resolución en su web corporativa. Toda la información puede consultarse en este enlace: https://herassasot.com/noticia-sentencia-que-condena-a-ibercaja-con-nulidad-de-clausula-de-gastos-notariales-con-imposicion-de-costas/

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