Herencias en Vida: ¿Una buena opción?

Sasot Abogado

Cada vez más familias consideran adelantar parte de su herencia mediante donaciones en vida, también conocidas como donaciones inter vivos

Cada vez más familias consideran adelantar parte de su herencia mediante donaciones en vida, también conocidas como donaciones inter vivos. ¿Es una buena estrategia? Heras-Sasot Abogados, nuestro partner de referencia en temas legales, destaca sus beneficios y riesgos. Aquí os dejamos lo datos más importantes.

¿Qué es una donación inter vivos?

El Código Civil define la donación en vida como un acto de liberalidad en el que una persona transfiere gratuitamente un bien a otra mientras vive, sin recibir contraprestación. A diferencia del testamento, este acto es irrevocable y tiene efecto inmediato, requiriendo formalización en escritura pública.

Ventajas confirmadas

Heras-Sasot subraya tres beneficios principales:

  • Control del reparto: el donante decide qué recibe cada heredero.
  • Posible ahorro fiscal: siempre que la operación esté bien planificada.
  • Reducción de conflictos familiares: al establecer el reparto en vida, se minimizan posibles disputas posteriores entre los herederos.

Estas ventajas se traducen en mayor tranquilidad y seguridad jurídica para el núcleo familiar.

Precauciones y riesgos

La donación en vida no está exenta de complicaciones:

  • Respeto a la legítima: no se puede perjudicar la parte de la herencia reservada por ley a los herederos forzosos.
  • Implicaciones fiscales: en ocasiones, la donación resulta más gravosa que la herencia si no se analiza con detalle.
  • Reserva de usufructo: en muchos casos, se aconseja al donante mantener el derecho de uso sobre el bien transmitido para evitar pérdidas patrimoniales o situaciones indeseadas.

Ventajas fiscales en España

El aspecto fiscal es determinante. En numerosas comunidades autónomas, las donaciones entre familiares directos disfrutan de bonificaciones importantes en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD). Pero, tal y como recuerdan desde Heras-Sasot Abogados, la normativa es distinta en cada comunidad autónoma:

  • En Cataluña, por ejemplo, la donación de la vivienda habitual a descendientes puede beneficiarse de una reducción de hasta el 95 %.
  • En Aragón, existen reducciones específicas para la donación de la vivienda habitual, con un límite máximo de 125.000 euros por heredero, siempre que se cumplan requisitos como la edad o el grado de discapacidad.
  • En comunidades como Andalucía, Madrid o la Comunidad Valenciana, las bonificaciones alcanzan incluso el 99 % en donaciones entre padres e hijos.
  • También existen reducciones para la transmisión de empresas o negocios familiares, con el objetivo de facilitar la continuidad empresarial.

Cargas fiscales a tener en cuenta

Donar en vida no significa evitar impuestos. Hay tres figuras que pueden intervenir:

  1. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD): aunque con bonificaciones altas, sigue siendo obligatorio.
  2. Plusvalía municipal: grava el incremento del valor de los terrenos urbanos cuando se donan inmuebles.
  3. IRPF: puede aplicarse si la donación genera una ganancia patrimonial para el donante.

Una alternativa utilizada es la donación de nuda propiedad con reserva de usufructo, que permite al donante seguir usando el bien mientras reduce la carga fiscal.

Conclusión: ¿conviene una herencia en vida?

La donación en vida puede ser una estrategia legal y fiscalmente ventajosa si se estudia con detalle. Permite al donante organizar el reparto de bienes, aprovechar bonificaciones autonómicas y evitar disputas familiares. Sin embargo, requiere una planificación precisa que tenga en cuenta tanto las obligaciones fiscales como los derechos de los herederos forzosos.

La recomendación de los expertos, como Heras-Sasot Abogados, es solicitar siempre asesoramiento especializado antes de tomar una decisión. Cada caso es distinto y debe analizarse según la comunidad autónoma, el patrimonio disponible y la situación familiar.

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