Fechas, procedimiento, documentación… Todo lo que debes saber sobre el voto por correo

Los electores podrán pedirlo hasta el 19 de noviembre y tendrán de plazo hasta el día 25 para depositar su voto

Los electores que quieran participar por correo en las Elecciones Generales del próximo domingo 29 de noviembre de 2026 ya pueden iniciar el trámite. Y es que Correos ha abierto el periodo para solicitar el certificado de inscripción en el Censo Electoral, que es un requisito indispensable para poder ejercer el voto por correspondencia.

El plazo para presentar esta solicitud permanecerá abierto hasta el 19 de noviembre, incluido, y puede realizarse tanto por vía telemática como de forma presencial en cualquier oficina de Correos de España.

Solicitud por internet o en una oficina de Correos

Quienes opten por realizar el trámite de manera online pueden hacerlo a través de la web de Correos, sin necesidad de desplazarse físicamente a una oficina postal. En este caso, la identidad del solicitante debe acreditarse mediante firma electrónica, certificado digital o DNI electrónico.

La segunda opción es presentar la solicitud presencialmente en una oficina de Correos. Como norma general, el trámite debe realizarlo personalmente cada elector, que deberá identificarse ante el personal de la oficina mediante el DNI, pasaporte o permiso de conducir originales. No obstante, existen excepciones para las personas que, por enfermedad o discapacidad debidamente acreditadas mediante un certificado médico oficial, no puedan acudir personalmente. En estos casos, la petición puede ser presentada por otra persona siempre que disponga de la correspondiente autorización notarial o consular.

Correos ofrece además la posibilidad de pedir cita previa con el objetivo de reducir tiempos de espera. Esta gestión puede realizarse mediante la aplicación de Correos, su página web o la Oficina Virtual, seleccionando posteriormente la oficina, el día y la hora disponibles.

La documentación electoral comenzará a enviarse el 9 de noviembre

Una vez recibidas las solicitudes, Correos las trasladará a las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral, que es el organismo encargado de remitir posteriormente la documentación necesaria para votar. Los envíos comenzarán a partir del 9 de noviembre y se dirigirán a la dirección que cada elector haya indicado expresamente en su solicitud. Importante tener en cuenta que ese domicilio no tiene por qué coincidir necesariamente con la residencia habitual del solicitante.

Una vez recibida toda la documentación electoral, los ciudadanos que hayan solicitado esta modalidad deberán completar el procedimiento y entregar su voto dentro del periodo establecido. El último día para depositar el voto por correo será el 25 de noviembre de 2026, cuatro días antes de la celebración de las Elecciones Generales.


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