¿Puedo desgravarme los gastos del dentista en la Renta? Estas son las comunidades donde sí es posible

cepillado dientes

La campaña de la Renta ya está en marcha y muchas personas se preguntan si pueden incluir los gastos del dentista en su declaración. Hemos consultado con Clínica Dental Fraga y esto es lo que nos han explicado

¿Se pueden incluir los gastos del dentista en la declaración de la Renta?. Esta es una pregunta que muchos pacientes realizan en la consulta del dentista, tal y como nos comentan desde Clínica Dental Fraga, expertos en salud bucodental con cerca de 20 años de experiencia.

Aunque, en este centro bajocinqueño, recalcan que ellos se dedican a la salud bucodental, no a temas fiscales. Por ello, siempre recomiendan acudir a un asesor o gestor especializado para resolver este tipo de cuestiones.

No obstante, desde diario Bajo Cinca hemos querido profundizar en este tema y saber si ¿es posible desgravar tratamientos dentales?

La respuesta corta es: depende de la comunidad autónoma. A nivel estatal, la Agencia Tributaria no permite deducir directamente los gastos médicos o dentales en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Sin embargo, algunas comunidades sí han legislado deducciones autonómicas específicas que permiten incluir ciertos gastos sanitarios, entre ellos los odontológicos, en la declaración de la Renta.

Estas deducciones pueden aplicarse siempre que se cumplan ciertos requisitos de renta, que los tratamientos no estén cubiertos por la Seguridad Social ni por seguros privados, y que se justifiquen con facturas oficiales y pagos registrados.

Comunidades donde sí se pueden desgravar los gastos del dentista
Según la normativa vigente para la Renta 2024, estas son las comunidades donde sí es posible desgravar los gastos de tratamientos dentales:

  • Canarias: permite una deducción del 12% de los gastos médicos, incluidos dentales (excepto farmacéuticos), con un límite de 500 € en
    tributación individual y 700 € en conjunta. Se exige que la base imponible no supere los 45.500 € o 60.500 €, según el tipo de declaración. • Cantabria: ofrece una deducción del 10% de los gastos sanitarios, incluyendo salud dental, con límites similares: 500 € (individual) y 700 € (conjunta). Solo es aplicable a bases inferiores a 22.946 € (individual) o 31.485 € (conjunta).
  • Comunidad Valenciana: permite deducir el 30% de los gastos en tratamientos bucodentales no estéticos, con un máximo de 150 € por contribuyente. Los ingresos no deben superar los 32.000 € (individual) o 48.000 € (conjunta), y es obligatorio presentar factura y justificar el pago.

¿Qué ocurre en Cataluña y Aragón?
En otras comunidades como Cataluña y Aragón, los tratamientos dentales no pueden incluirse como deducción en la declaración de la Renta. En Clínica Dental Fraga, tienen un gran volumen de pacientes tanto de municipios de Cataluña como de Aragón y son conocedoras que en este tema, la situación es similar en ambas comunidades y no han desarrollado deducciones autonómicas específicas para gastos sanitarios como sí han hecho otras regiones. Por tanto, los contribuyentes que residan Aragón y Cataluña no pueden beneficiarse de ninguna desgravación por tratamientos dentales.

No obstante, en este centro del Bajo/Baix Cinca, recuerdan que siempre se deben consultar estas dudas con gestores o asesorías fiscales, ya que no son competencia del personal sanitario.

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