Cada vez más comunidades de vecinos se enfrentan al reto de hacer accesibles edificios antiguos sin ascensor
La instalación de un sistema de elevación, ya sea una plataforma elevadora o un ascensor hidráulico, se ha convertido en una cuestión técnica y normativa de primer orden, especialmente tras la entrada en vigor de nuevas exigencias en materia de accesibilidad universal.
Según explican desde la empresa especializada Salleras Hermanos, con sede en el Bajo/Baix Cinca, la elección entre uno u otro sistema depende de factores como el espacio disponible, el presupuesto, la normativa aplicable y la frecuencia de uso prevista.
Accesibilidad obligatoria y normativa vigente
La Ley de Propiedad Horizontal y el Código Técnico de la Edificación (CTE), en su Documento Básico de Seguridad de Utilización y Accesibilidad (DB-SUA), obligan a garantizar la accesibilidad en todos los edificios cuando sea técnicamente viable y económicamente razonable. Esto ha llevado a muchas comunidades a estudiar soluciones viables incluso cuando no se dispone de hueco de escalera o espacio interior suficiente.
Diferencias clave: plataforma vs. ascensor
Desde un punto de vista técnico, las plataformas elevadoras verticales son idóneas para recorridos cortos —hasta 3 metros y dos paradas— y están reguladas por la Directiva de Máquinas 2006/42/CE. No requieren cerramiento completo, no están sujetas a mantenimiento obligatorio, y su instalación es más sencilla y rápida, explican desde el departamento técnico-comercial de Salleras.
En cambio, los ascensores hidráulicos, diseñados para recorridos de hasta 12 metros y múltiples paradas (hasta seis), están regulados por la norma UNE-EN 81-41, lo que implica mayores requisitos técnicos, instalación por empresas autorizadas y mantenimiento periódico obligatorio. Su estructura suele ser autoportante o instalada en hueco de obra, con cabina cerrada y puertas automáticas o semiautomáticas.
Espacio, uso y mantenimiento: aspectos clave
Uno de los factores más determinantes es el espacio. Si el edificio no permite obra civil o carece de espacio estructural, la plataforma elevadora con estructura autoportante suele ser la única opción viable. Requiere un foso reducido de apenas 15 cm, frente a los 30 cm mínimos que necesita un ascensor hidráulico, además de una huida superior de unos 2,6 metros.
En cuanto al uso, los especialistas de Elevadores Salleras recomiendan valorar la intensidad prevista. «Para comunidades con muchos vecinos o un uso frecuente, el ascensor ofrece mayor fluidez, rapidez y durabilidad», indican desde Salleras. Las plataformas, aunque más económicas inicialmente, pueden encarecerse a largo plazo si se utilizan intensamente.
En términos de carga, las plataformas soportan habitualmente hasta 300 kg, mientras que los ascensores hidráulicos permiten entre 250 y 385 kg, según el modelo.





Errores comunes al elegir sistema de elevación
Los expertos advierten de varios errores frecuentes: pensar que todos los edificios pueden tener ascensor, optar por plataformas sin valorar la demanda real o no tener en cuenta la normativa ni el entorno físico de la instalación.
Además, recomiendan considerar la evolución futura del edificio: “En comunidades donde es previsible un aumento de vecinos con movilidad reducida, conviene apostar por soluciones más robustas y versátiles”, apuntan desde Salleras.
¿Qué sistema es mejor?
Ambos cumplen con el objetivo de eliminar barreras arquitectónicas, pero no son intercambiables. La plataforma vertical puede ser la mejor opción en accesos puntuales o edificios sin estructura adecuada, mientras que el ascensor hidráulico es preferible para usos intensivos y recorridos largos.
La decisión final no debe basarse únicamente en el precio inicial, sino en un análisis técnico riguroso que contemple el uso, la normativa y las condiciones del edificio.

