La modificación de lindes antiguas vuelve a la actualidad en Aragón: qué ocurre cuando Catastro, Registro y terreno no coinciden

Lindes

Según explican desde el despacho Heras-Sasot, especializado en derecho agrario y litigios de propiedad, es perfectamente posible modificar una linde antigua

Las discrepancias en los límites de fincas rústicas y urbanas se han convertido en uno de los conflictos más frecuentes entre propietarios en Aragón. En un territorio donde abundan las fincas heredadas y los deslindes que se establecieron hace décadas, cada vez más vecinos descubren que su terreno real no coincide con la superficie o la forma que aparece en Catastro o en el Registro de la Propiedad.

Según explican desde el despacho Heras-Sasot, especializado en derecho agrario y litigios de propiedad, es perfectamente posible modificar una linde antigua, pero no es un proceso inmediato. Requiere un procedimiento legal que asegure que el límite se determina correctamente y que ambas partes reconocen la realidad física del terreno.

Aunque lo más cómodo y práctico, según los profesionales del sector, es ponerse deacuerdo entre los propietarios para evitar litigios de mayor envergadura que supongan costes elevados y gran dedicación de tiempo para todas las partes.

Por qué surgen los conflictos: el salto entre lo antiguo y lo digital

Gran parte de los problemas actuales tiene su origen en los sistemas de medición del pasado. Un error habitual entre propietarios es dar por correcto un límite que se estableció hace 30, 40 o incluso 50 años, en un momento en el que los planos catastrales no tenían la precisión GPS actual.

Tal vez un vallado, una zona de arbustos o un simple ribazo se construyó o se asumió como linde cuando el Catastro no era un sistema tan moderno y georreferenciado como el actual, lo que genera hoy diferencias de varios metros.

Situaciones más comunes en Aragón

Entre los conflictos más habituales, los técnicos mencionan los siguientes:

  • Catastro muestra una superficie diferente a la real.
  • El Registro de la Propiedad establece unos límites que no coinciden con los hitos físicos.
  • Un propietario realizó un cerramiento histórico hace años que no se ajusta a la normativa actual.
  • Existen ocupaciones involuntarias o invasiones por parte de un vecino.
  • La finca nunca ha sido georreferenciada conforme a la normativa actual.
  • El propietario sospecha que el cerramiento histórico no está en la ubicación correcta.
  • Desaparición de fitas o mojones antiguos que marcaban las lindes históricas.

En estos casos, el proceso más usado es la coordinación Catastro–Registro, prevista en la Ley Hipotecaria. Si persiste la discrepancia entre propietarios, se puede iniciar un expediente de deslinde y amojonamiento, en el que se determinan y se señalan sobre el terreno los límites reales de la finca. Este acto puede ser pactado entre los vecinos y darlo por válido, ratificándolo si se desea en las oficinas pertinentes si todas las partes están deacuerdo.

Plantaciones y setos: la distancia legal en Aragón

Las disputas por lindes suelen ir acompañadas de dudas sobre las plantaciones próximas al terreno vecino. En Aragón, al no existir normativa civil propia en esta materia, se aplican las distancias fijadas en el Código Civil:

  • Setos y árboles de gran porte (más de 2 metros de altura): Deben plantarse a 2 metros del lindero.
  • Árboles pequeños y arbustos altos: a 50 centímetros.
  • Setos vivos o vallado vegetal: a 50 centímetros de la propiedad colindante.

Estas distancias buscan evitar invasiones de raíces, sombreado excesivo o desplazamientos del cerramiento. Si la linde está en disputa, cualquier plantación debe esperar a que se determine el límite real.

Una problemática creciente en los municipios rurales

En zonas de regadío y en áreas con explotaciones agrarias tradicionales —como las comarcas del Bajo/Baix Cinca, Cinca Medio o La Litera— la actualización de lindes se ha convertido en una necesidad debido a la modernización de explotaciones, el uso de maquinaria más precisa o las solicitudes de ayudas asociadas a superficies exactas.

Desde Heras-Sasot recuerdan que estos procedimientos permiten “evitar conflictos que pueden enquistarse durante años y garantizar que cada finca esté correctamente delimitada y defendida jurídicamente”.

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