El acogimiento familiar en Aragón: cómo funciona y quién puede participar

Acogimiento familiar en Aragón

Una medida de protección para menores que no pueden vivir con su familia de origen, gestionada en Aragón a través del IASS

El acogimiento familiar es una medida de protección dirigida a menores que, por diferentes circunstancias, no pueden vivir con su familia de origen. En Aragón, la gestión corresponde al Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS), que se encarga de formalizar y supervisar este recurso. El objetivo es que los niños y niñas crezcan en un entorno estable y seguro, evitando su estancia en centros de protección.

A diferencia de la adopción, el acogimiento no convierte al menor en hijo jurídico de la familia acogedora. Se trata de una medida temporal o permanente que mantiene, siempre que sea posible y beneficioso, la relación del menor con su familia biológica.

Modalidades de acogimiento

Existen varias fórmulas según las necesidades: en familia extensa (cuando hay parentesco o relación previa con el menor), en familia ajena (cuando no hay vínculos previos), de urgencia (para menores de seis años en situaciones inmediatas), temporal (con un máximo de dos años), permanente (cuando no es posible el retorno con la familia de origen), especializado y profesionalizado (para familias con formación específica) o referencial (como apoyo a menores que residen en centros).

Quién puede ser familia acogedora

Pueden solicitarlo familias monoparentales o biparentales, sin importar estado civil o edad, siempre que ofrezcan un ambiente estable. Se requiere capacidad para atender a menores que en algunos casos presentan dificultades afectivas, sociales o de conducta derivadas de su historia. También es necesario colaborar en la posible reintegración del menor con su familia biológica.

El proceso paso a paso

El procedimiento comienza con una sesión informativa obligatoria, tras la cual los interesados pueden presentar su solicitud. Una vez inscritos en el registro, deben realizar un curso de formación y someterse a una valoración psicosocial. Con estos informes, el IASS resuelve la idoneidad. Las familias declaradas idóneas pasan a formar parte de la bolsa de acogedores de Aragón.

La selección de la familia acogedora se hace en función del interés del menor, priorizando los vínculos familiares cuando es posible. El acogimiento se formaliza mediante resolución administrativa que recoge derechos y deberes de todas las partes, el régimen de visitas con la familia de origen y la duración de la medida.

Seguimiento y apoyos

El IASS realiza un seguimiento periódico del acogimiento para garantizar la integración del menor. Las familias acogedoras tienen derecho a recibir apoyos técnicos y una compensación económica por las cargas derivadas de esta función.

Cómo solicitar información

Las personas interesadas en acoger pueden contactar a través del correo acogimientofamiliar@aragon.es
o en el teléfono 976 715 004. También existen números provinciales específicos en Huesca, Teruel y Zaragoza para solicitar cita previa a las sesiones informativas.

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